Cerrar

Declaración de Beneficiario Final

De acuerdo a lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso c) del párrafo 6.3 del artículo 6 del Decreto Legislativo N.° 1372 y en el párrafo 7.3 del artículo 7 del Decreto Supremo N.° 003-2019-EF, que aprueba el reglamento del Decreto Legistalivo N°1372, se comunica que, ATLAS COPCO PERÚ S.A.C., ha realizado los mecanismos razonables en el marco de los procedimientos de debida diligencia para obtener la información del beneficiario final, considerando los criterios de propiedad y control previstos en los literales a) y b) del párrafo 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo 1372 y en los párrafos 5.1 al 5.4 de su Reglamento respectivamente.

 

Sin embargo, no ha sido posible identificar al beneficiario final bajo los criterios mencionados en el párrafo precedente; por lo tanto, hemos considerado como beneficiario final a las personas naturales que ocupan el puesto administrativo superior, de conformidad con el inciso c) del párrafo 4.1 del Decreto Legislativo N° 1372 y el inciso c) del artículo 4 de su Reglamento.